El pasado 6 de febrero tuvo lugar el tercer juicio contra la iniciativa Arantzadi Auzolanean y su defensa de la tierra, más concretamente del meandro de Arantzadi. Eran cuatro personas acusadas de una falta de desobediencia del artículo 634 del Código Penal, aunque finalmente el Ministerio Fiscal sólo mantuvo la acusación frente a tres de esas personas. Quedó visto para sentencia. Justo el día anterior fue notificada la sentencia del juicio que tuvo lugar el 24 de enero, ambos por hechos absolutamente similares. En ella se absolvían a tres personas de la comisión de esa misma falta, la de desobediencia, por entender la jueza que "resulta que lo que se pretendía era mantener un acto de protesta para dar una relevancia e información pública a lo que estaba ocurriendo".

En este sentido señala que no pretende "justificar la conducta de los denunciados" o considerar que "todo vale" si se trata de protestar puesto que "evidentemente han de existir unos límites", pero agrega que no puede considerar "que estemos ante actuaciones penalmente relevantes, por no concurrir elemento alguno del que pueda desprenderse que los denunciados pretendieron con su actuación menospreciar o desatender a los agentes, puesto que la actitud en todo momento fue pacífica, no hubo enfrentamiento o confrontación a lo que les decían, y se limitaron a señalar que acataban las consecuencias de no obedecer la orden para mantener su actitud, que sin embargo cuando fue depuesta por los agentes lo fue sin resistencia ni alteración."

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